Agnus Dei, Francisco de Zurbarán

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Tuesday, December 16, 2014

Catecismo: In persona Christi Capitis..., nn. 1548-1551

In persona Christi Capitis...

1548 En el servicio eclesial del ministro ordenado es Cristo mismo quien está presente a su Iglesia como Cabeza de su cuerpo, Pastor de su rebaño, Sumo Sacerdote del sacrificio redentor, Maestro de la Verdad. Es lo que la Iglesia expresa al decir que el sacerdote, en virtud del sacramento del Orden, actúa in persona Christi Capitis (cf LG 10; 28; SC 33; CD 11; PO 2,6):

«Es al mismo Cristo Jesús, Sacerdote, a cuya sagrada persona representa el ministro. Este, ciertamente, gracias a la consagración sacerdotal recibida se asimila al Sumo Sacerdote y goza de la facultad de actuar por el poder de Cristo mismo (a quien representa) » (Pío XII, enc. Mediator Dei)

«Christus est fons totius sacerdotii: nam sacerdos legalis erat figura Ipsius, sacerdos autem novae legis in persona Ipsius operatur» (Cristo es la fuente de todo sacerdocio, pues el sacerdote de la antigua ley era figura de Él, y el sacerdote de la nueva ley actúa en representación suya) (Santo Tomás de Aquino, Summa theologiae 3, q. 22, a. 4).

1549 Por el ministerio ordenado, especialmente por el de los obispos y los presbíteros, la presencia de Cristo como cabeza de la Iglesia se hace visible en medio de la comunidad de los creyentes (LG 21). Según la bella expresión de San Ignacio de Antioquía, el obispo es typos tou Patrós, es imagen viva de Dios Padre (Epistula ad Trallianos 3,1; Id. Epistula ad  Magnesios 6,1).

1550 Esta presencia de Cristo en el ministro no debe ser entendida como si éste estuviese exento de todas las flaquezas humanas, del afán de poder, de errores, es decir, del pecado. No todos los actos del ministro son garantizados de la misma manera por la fuerza del Espíritu Santo. Mientras que en los sacramentos esta garantía es dada de modo que ni siquiera el pecado del ministro puede impedir el fruto de la gracia, existen muchos otros actos en que la condición humana del ministro deja huellas que no son siempre el signo de la fidelidad al evangelio y que pueden dañar, por consiguiente, a la fecundidad apostólica de la Iglesia.

1551 Este sacerdocio es ministerial. "Esta Función [...], que el Señor confió a los pastores de su pueblo, es un verdadero servicio" (LG 24). Está enteramente referido a Cristo y a los hombres. Depende totalmente de Cristo y de su sacerdocio único, y fue instituido en favor de los hombres y de la comunidad de la Iglesia. El sacramento del Orden comunica "un poder sagrado", que no es otro que el de Cristo. El ejercicio de esta autoridad debe, por tanto, medirse según el modelo de Cristo, que por amor se hizo el último y el servidor de todos (cf. Mc 10,43-45; 1 P 5,3). "El Señor dijo claramente que la atención prestada a su rebaño era prueba de amor a Él" (San Juan Crisóstomo, De sacerdotio 2,4; cf. Jn 21,15-17).

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